Christian Bello
Desde el 21 de diciembre del 2016 nada es igual en el Perú. La revelación del Departamento de Justicia de Estados Unidos sobre el acuerdo arribado con Odebrecht ha marcado un antes y un después en la vida política, económica y social del país. Una vez más, el derecho penal forma parte de nuestra agenda diaria y el Caso Lavo Jato no podía ser la excepción. Acusaciones van y vienen, pero todas tienen a un mismo actor protagónico: Jorge Barata, ex representante de Odebrecht en el Perú y quien conoce mejor que nadie sus actos de corrupción y a los involucrados, tanto en el sector público como en el ámbito privado.
Lo que Barata pueda decir afectará –de hecho ya lo viene haciendo– a presidentes, ministros, congresistas, alcaldes, partidos políticos, empresarios, abogados y periodistas. El poder que tiene en sus manos es tal que las agencias de control penal (Ministerio Público y Poder Judicial) no pueden ceder a la exaltación del momento. Ahora más que nunca deben estar a la altura de un reto sin precedentes en el sistema judicial peruano. En esa línea, la institución que requiere de mayor control y supervisión es la colaboración eficaz, que permite al delator importantes beneficios a cambio de algo.
Hasta el momento, el análisis del tema ha tenido un tamiz más político y no se ha ingresado al quid del asunto: ¿qué incentivos tiene Jorge Barata para colaborar con la justicia peruana otorgando una información veraz? Para hallar una respuesta, entre otros factores, debemos analizar los costos y beneficios de una delación en el sistema peruano.
Lo primero que hay que decir es que, bajo el sistema actual –aún vigente–, no pueden acogerse a ningún beneficio (como la exención o disminución de pena) los jefes, cabecillas o dirigentes principales de organizaciones delictivas. Creemos que dentro de este grupo se encontraría Barata, en tanto parece estar consensuado que Odebrecht operó en la práctica como una organización destinada a cometer delitos.
Si esto es así, ¿por qué Barata viene “colaborando” con nuestras autoridades? Dos son las posibles razones. La primera sería porque el 30 de diciembre del 2016, en medio de esta tormenta política, a través del Decreto Legislativo 1301 se modificó la norma y se permitió que los antes nombrados se puedan acoger al beneficio de disminución de la pena o suspensión de su ejecución. En simple, el privilegio de no ir a prisión.
No sabemos con certeza si Barata se acogió formalmente a la colaboración antes o después de esta ley, pero lo que sí sabemos es que la misma entrará en vigencia a los 90 días de su publicación y se aplicará a todos los procesos en trámite, incluido el suyo. Él lo sabe.
La segunda, y creemos la más aproximada, es porque no le quita el sueño si su delación es aprobada en el Perú y como consecuencia pueda correr algún riesgo en el país. Si la justicia brasileña finalmente homologa su delación –como todo parece indicar– y en el acuerdo que se arribe hay un reconocimiento de responsabilidad y mención expresos a los mismos hechos por los cuales tendría que responder en nuestro país, no interesaría ya si la información proporcionada es veraz o suficiente, pues en base al principio ‘ne bis in idem’ (nadie puede ser juzgado dos veces por un mismo hecho), el Perú no podría perseguirlo más.
En este contexto, los incentivos para que el señor Barata se esmere en dar información a las autoridades peruanas son mínimos (no es rentable para él), a diferencia de lo que ocurre en Brasil, donde el marco punitivo y el sistema de delaciones son mucho más atractivos que aquí.